Cooperación internacional · Perú – Suiza
Fondos que cruzan la frontera con el cumplimiento resuelto en los dos lados
Acompañamos a organizaciones peruanas que buscan financiamiento suizo y a organizaciones suizas que destinan recursos al Perú, en la parte que decide si el proyecto avanza: la regulación, el control de los fondos y la prevención del lavado de activos.
Propuesta de valor
Convertimos a una organización peruana en una contraparte financiable bajo estándares suizos, y a una organización suiza en un cooperante que opera en el Perú sin riesgo regulatorio.
El problema
Por qué la cooperación Perú–Suiza se traba hoy
La cooperación entre el Perú y Suiza rara vez se traba por falta de voluntad o de proyectos. Se traba en la verificación. Un financiador suizo somete a su contraparte a un examen documental que responde a su propio marco de supervisión, y necesita constatar quién gobierna la organización, cómo se controlan sus fondos y qué sistema previene que esos fondos se desvíen. Cuando esa documentación no existe o está incompleta, el expediente se detiene sin que nadie lo rechace formalmente.
Del otro lado ocurre algo equivalente. Una organización suiza que decide operar en el Perú descubre que su decisión no basta: debe elegir un vehículo jurídico, verificar su situación registral, resolver la contratación local y comprobar algo que suele pasarse por alto, que sus propios estatutos y su tratamiento fiscal cantonal le permitan destinar fondos al extranjero.
A esto se sumó un cambio normativo reciente. La Ley N.º 32301, de abril de 2025, y su reglamento, de septiembre de 2025, reforzaron la supervisión, la transparencia y el control de los recursos de cooperación técnica internacional no reembolsable. El estándar de documentación exigible hoy es más alto que el de hace dos años, y muchas organizaciones aún operan con el anterior.
Dos rutas de servicio
Según de qué lado de la frontera esté
El trabajo es simétrico pero no idéntico: cada dirección del flujo tiene sus propias verificaciones y su propio orden de prioridades.
Ruta A · del Perú a Suiza
Financiabilidad
Para organizaciones peruanas que quieren llegar a la mesa de un financiador suizo con el expediente en orden.
- Diagnóstico de financiabilidad y due diligence inverso
- Situación registral ante la APCI —ONGD, ENIEX, IPREDA— y situación tributaria
- Implementación del sistema de prevención de LA/FT y designación del oficial de cumplimiento
- Estructuración de convenios de subvención (grant agreements)
- Acompañamiento en el cumplimiento y el reporte del proyecto
Ruta B · de Suiza al Perú
Aterrizaje seguro
Para organizaciones suizas que destinan recursos al Perú y necesitan operar sin exposición regulatoria.
- Elección del vehículo jurídico para operar en el Perú
- Due diligence de contrapartes peruanas
- Compatibilización del cumplimiento suizo y peruano, incluida la verificación de si los estatutos y el tratamiento fiscal cantonal permiten destinar fondos al extranjero
- Contratación local, migratorio de expatriados, donaciones en especie, protección de datos y salvaguarda de beneficiarios
- Gobernanza, indicadores y protocolos de reporte
Protocolo de evaluación
Semáforo de Financiabilidad Perú–Suiza
Evaluamos la organización sobre nueve dimensiones y calificamos cada una con un semáforo. El resultado es un informe con su posición actual, un plan de remediación por dimensión y una revalidación anual que permite mostrar la evolución al financiador.
El mismo protocolo sirve en las dos direcciones. Una organización peruana lo usa para saber qué debe corregir antes de presentarse; una organización suiza lo usa para verificar a una contraparte antes de comprometer fondos y para definir qué condiciones conviene incorporar al convenio.
Marco normativo
Las normas que gobiernan estos flujos
En lenguaje claro para lectores no abogados, con las referencias verificadas de cada jurisdicción y sin numeración de artículos.
Perú
Ley N.º 27692 — crea la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), la entidad ante la cual una organización acredita su condición para recibir cooperación internacional.
Perú
Ley N.º 32301, del 15 de abril de 2025 — modifica la Ley N.º 27692 y refuerza la supervisión, la transparencia y el control de los recursos de cooperación técnica internacional no reembolsable. Es la norma que elevó el estándar documental exigible hoy.
Perú
Decreto Supremo N.º 032-2025-RE, del 14 de septiembre de 2025 — aprueba el reglamento de la Ley N.º 32301, es decir, el detalle operativo de cómo se cumple lo que la ley dispuso.
Perú
Ley N.º 27693 y sus normas modificatorias y reglamentarias — crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. Relevante aquí porque las organizaciones sin fines de lucro que recaudan, transfieren y desembolsan fondos son sujetos obligados a informar.
Perú
Consejo de Supervigilancia de Fundaciones — es el supervisor de las fundaciones peruanas, y por tanto la contraparte institucional cuando el vehículo elegido es una fundación.
Suiza
Código Civil suizo, artículos 80 a 89c — regula las fundaciones suizas. La Autoridad Federal de Vigilancia de Fundaciones (ESA) supervisa las de alcance nacional o internacional, que son precisamente las que financian proyectos en el extranjero.
Suiza
Programa País 2025-2028 de la Cooperación Económica Suiza (SECO) para el Perú — define las prioridades de la cooperación económica suiza con el Perú en el período, y con ello el terreno donde un proyecto encaja o no.
Equipo binacional
Cada jurisdicción, su abogado
Ninguno de los dos emite opinión sobre el derecho del otro país. Esa delimitación no es una formalidad: es lo que permite que el financiador suizo confíe en el análisis peruano y la contraparte peruana en el suizo.

Victor Ventura
Jurisdicción · Perú
Regulación financiera peruana, prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, situación registral ante la APCI, y las materias tributaria y laboral aplicables al proyecto.

Daniel Portugal Geiser
Jurisdicción · Suiza
Derecho suizo de fundaciones y asociaciones, alcance de la supervisión aplicable, tratamiento fiscal cantonal y requisitos que el financiador debe cumplir para destinar fondos al extranjero.
Preguntas frecuentes
Repartidas entre los dos públicos
Perú → Suiza¿Qué significa que nuestra organización sea «financiable» bajo estándares suizos?
Significa que puede acreditar documentalmente tres cosas: quién la gobierna y con qué facultades, cómo controla y rinde cuentas de sus fondos, y qué sistema tiene para prevenir que esos fondos se desvíen. No es una calificación oficial ni un certificado que alguien emita: es la capacidad de responder un cuestionario de verificación sin dejar espacios en blanco.
Perú → SuizaYa estamos inscritos en la APCI. ¿Eso no es suficiente?
Es necesario, pero cubre una sola de las nueve dimensiones que revisa un financiador. La inscripción acredita su condición ante el Estado peruano; no dice nada sobre su sistema de prevención de lavado de activos, su situación tributaria, su gobernanza interna ni sus protocolos de salvaguarda. Lo habitual es que la inscripción esté en orden y el expediente se detenga en otro punto.
Perú → Suiza¿Una organización sin fines de lucro es sujeto obligado ante la UIF?
Puede serlo. La Ley N.º 27693 y sus normas modificatorias y reglamentarias alcanzan a las organizaciones sin fines de lucro que recaudan, transfieren y desembolsan fondos. Determinar si su organización está dentro del alcance y con qué obligaciones concretas es parte del diagnóstico, y es una de las verificaciones que un financiador suizo hace de forma temprana.
Perú → Suiza¿Necesitamos un oficial de cumplimiento a dedicación exclusiva?
Depende del alcance de las obligaciones que le resulten aplicables y del tamaño de la operación. La designación es un requisito distinto de la exclusividad, y confundirlos lleva a dos errores opuestos: sobredimensionar el cargo en una organización pequeña o dejarlo nominal en una que ya no puede permitírselo. El diagnóstico determina cuál es su caso.
Perú → Suiza¿Cuánto tarda la evaluación y qué recibimos al final?
El plazo depende del estado de su documentación al iniciar. Al cierre recibe un informe con la calificación de las nueve dimensiones, un plan de remediación que ordena qué resolver primero y por qué, y la posibilidad de revalidar anualmente para mostrar la evolución al financiador. Nuestros honorarios no se calculan como porcentaje de los fondos que la organización obtenga.
Suiza → Perú¿Qué vehículo jurídico conviene para operar en el Perú?
No hay una respuesta única: depende de si va a ejecutar directamente o a financiar a una contraparte local, del plazo previsto, del personal que traslade y del tratamiento tributario que busque. Analizamos las opciones frente a su plan de operación y le indicamos qué implica cada una en registro, contabilidad y obligaciones periódicas.
Suiza → Perú¿Nuestros estatutos y nuestro tratamiento fiscal cantonal nos permiten destinar fondos al Perú?
Es la verificación que con más frecuencia se omite y la que puede detener un proyecto ya comprometido. La respuesta corresponde al derecho suizo y la da nuestro socio en Suiza, que revisa el objeto estatutario, el alcance de la supervisión aplicable y el tratamiento fiscal cantonal antes de que usted asuma obligaciones en el Perú.
Suiza → Perú¿Cómo se verifica a una contraparte peruana antes de firmar un convenio?
Con el mismo protocolo de nueve dimensiones que aplicamos en la Ruta A, esta vez desde su lado de la mesa: personería y gobernanza, situación financiera, sistema PLAFT, situación ante la APCI, tributaria, laboral, protección de datos, salvaguarda de beneficiarios y reputacional. Recibe un informe con la calificación de cada dimensión y las condiciones que convendría incorporar al convenio.
Suiza → Perú¿Qué cambió en el Perú con la Ley N.º 32301 y su reglamento?
La ley, de abril de 2025, reforzó la supervisión, la transparencia y el control de los recursos de cooperación técnica internacional no reembolsable, y el Decreto Supremo N.º 032-2025-RE, de septiembre de 2025, aprobó su reglamento. En términos prácticos, el estándar de documentación y de reporte exigible hoy es más alto que el vigente cuando muchos convenios en curso se firmaron.
Ambos¿Quién responde por el derecho suizo y quién por el peruano?
Cada abogado responde exclusivamente por su jurisdicción. El derecho peruano —regulación financiera, prevención de LA/FT, APCI, tributario y laboral— lo lleva Victor Ventura. El derecho suizo —fundaciones y asociaciones, supervisión aplicable y tratamiento fiscal cantonal— lo lleva Daniel Portugal Geiser. Ninguno emite opinión sobre el derecho del otro país, y eso es lo que hace utilizable el análisis en ambos lados.
El contenido de esta página es informativo y no constituye asesoría legal. Cada caso requiere un análisis particular de su operación, su estructura y el marco normativo aplicable.
Contacto
Conversemos sobre su proyecto de cooperación
Cuéntenos de qué lado de la frontera está y en qué etapa se encuentra el proyecto. Le indicamos qué verificaciones corresponden y en qué orden.
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- Av. Juan de Arona 755
San Isidro, Lima - +51 927 995 630
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